Los reclamos por lesiones personales surgen por una amplia variedad de situaciones, como accidentes automovilísticos, accidentes de bicicletas, accidentes de peatones, y accidentes de resbalón y caída. Puede darse el caso de que la persona tenga una conducta descuidada e irracionalmente peligrosa que no toma en cuenta los riesgos inherentes a su comportamiento negligente. En otras ocasiones, cuando el demandante realiza las acciones conociendo los riesgos de esa conducta, esto se conoce como la asunción de riesgo.
¿Qué es la asunción de riesgo?
Es la doctrina aplicable cuando el daño resulta atribuible a la conducta de la víctima que lo sufre, en vista a que se ha expuesto de manera consciente a un peligro típico y específico, sin estar obligado a ello. Cuando un demandante se arriesga a realizar una actividad a sabiendas de que puede ser lastimado, la ley le exige que asuma la responsabilidad de las consecuencias de sus acciones.
Los deportes y el turismo de aventura son los ejemplos más representativos de la suposición de la doctrina del riesgo al establecer que los jugadores que participan voluntariamente en una actividad deportiva no pueden responsabilizar a otros de las lesiones ocurridas durante el juego. De igual forma, para el turismo de aventura la asunción de riesgo se fundamenta en la creencia que las personas tienen derecho a tomar sus propias decisiones arriesgadas.
¿Cómo asumir la asunción de riesgos?
La asunción de riesgos puede ser explícita cuando la persona firma una renuncia o declara verbalmente que acepta un riesgo, tomando en cuenta que dicho riesgo no vaya en contra del orden público o que se renuncie a la responsabilidad del demandado por daños intencionales. También puede ser implícita, cuando la persona asume que escalar rocas es peligroso y puede caerse y lesionarse a sí misma, por citar un caso.
Existen excepciones
Dependiendo de la naturaleza de la actividad, por ejemplo, cuando un jugador hiere intencionalmente a otro jugador, o por daños a causa de instalaciones o equipos defectuosos.